Más de la mitad de los residentes de los conjuntos residenciales de estrato alto no están al día con el pago de la administración. Así lo reveló un estudio sobre morosidad de Edifito.co, software administrativo y contable que permite manejar los gastos comunes de manera ordenada y digitalizada, el cual señala que los deudores llegan al 60% en este segmento.

(Lea: ¿Cómo funcionan las multas por mal uso de parqueaderos en conjuntos?)

De acuerdo con Edifito.co, la cartera vencida en conjuntos de estratos tres, cuatro, cinco y seis se divide de la siguiente forma: el 40% corresponde a mora de cartera fluctuante, es decir, aquellos vecinos que se ponen al día algunos meses y en otros vuelven a caerse en los pagos que les corresponden.

(Lea: Bogotá se valorizó 5,62% en un año)

Un 10% tiene que ver con los vecinos que se niegan a pagar sus obligaciones porque han tenido problemas con el administrador, porque no están de acuerdo con la gestión que se ejecuta o porque no les han resuelto algún problema.

(Lea: La asamblea de copropietarios y la calidad de vida en un conjunto)

En estos casos se declaran en rebelión, absteniéndose de pagar la administración y demás obligaciones comunes. Mientras que el otro 10% de la deuda en los gastos comunes corresponde a los vecinos que no tienen cómo pagarla.

Luz Marina Aponte, administradora con 19 años de experiencia, señala que en los estratos más bajos (uno y dos) la problemática aumenta y el porcentaje de morosidad alcanza el 80%.

“En estos casos, el 70% de la deuda se debe a que las personas ganan sueldo mínimo y le dan prioridad a comer, pagar colegios y transporte. La obligación con el conjunto queda para cuando haya posibilidades. Son deudas fluctuantes. El otro 10% de la mora corresponde a personas que, definitivamente, no tienen cómo pagar la administración”, indica.

Y puntualiza en que “ya sea porque los propietarios se han ausentado por mucho tiempo, porque sienten que el pago no es justo para el poco uso que dan a los espacios comunes o porque no tienen tiempo, dinero o intención de pagarlos, la ley 675 de Propiedad Horizontal es clara al respecto: todos deben cancelar los gastos comunes que les corresponden”.

En palabras de Omar Cortes, gerente de Edifito.co, en Colombia no pagar las cuotas de mantenimiento trae como consecuencia la generación de un interés o pena convencional, es decir, la aplicación de un porcentaje adicional. “Otra consecuencia es que al vecino moroso se le suspende el derecho al voto en las asambleas y beneficios como entrega de correspondencia, domicilios y acceso a algunas áreas comunes”.

Además recalca que “en caso de morosidad, la administración puede publicar una lista con el cobro de cada inmueble. Paralelamente, la administración puede recurrir a cobros jurídicos, que implican asumir los intereses moratorios, los honorarios procesales, las costas y los gastos del proceso, según la labor ejecutada por el profesional encargado”.

nota auspiciada por: